Ayudas 2018 – Programa del bono para autónomos
A continuación se detallan los puntos destacados de la convocatoria.
Beneficiarios.
- Personas trabajadoras autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidades de colegio profesional, que tengan domicilio en Galicia, que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad profesional de manera ininterrumpida a la fecha de solicitud de ayuda de más 42 meses, y que tengan un rendimiento neto reducido en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima de 12.000 euros, IVA incluido en el año anterior.
- Las personas beneficiarias de la convocatoria anterior quedan excluidas de las actuaciones recogidas en la línea I de esta convocatoria.
Proyectos subvencionables
LÍNEA I. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
- Investigación de mercado.
- Plan de márketing.
- Plan de comunicación del negocio.
- Plan estratégico del negocio.
- Plan de reorientación del negocio.
- Plan de uso de nuevas tecnologías del negocio.
- Plan de refinanciamiento.
- Además se admiten otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la competitividad de la empresa.
- El cofinanciamiento privado de los servicios contratados con Igape a través del programa Re-Acciona en su convocatoria 2018.
LÍNEA II. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES INVERSIONES:
- Compra de maquinaria.
- Compra de útiles y herramientas.
- Reforma de local de negocio, siempre y cuando no sea su domicilio habitual excepto en el caso de que quede acreditado que sea imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio.
- Equipos informáticos: sólo para autónomos con código de CNAE 62,631,69,702,71,72 y 741.
- Rótulos.
- Aplicaciones informáticas y páginas web.
- Creación de logotipo de negocio.
*Las línes I y II no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran. En caso de solicitar ayuda para ambas líneas, se atenderá primero a la línea I y después a la línea II con el límite de 3.000 euros para el conjunto de actividades.
Plazo de Presentación de Solicitudes: Desde el 5 de junio de 2018 a las 9:00 hasta el 4 de julio de 2018 a las 23:59.
La cuantía de subvención. 80% con un máximo de 3.000 euros por el conjunto de actividades subvencionables. Se anticipa el 100 % del importe de la subvención concedida.